5. PASOS A SEGUIR PARA OBTENER LA CERTIFICACIÓN BAJO ESTA NORMA

5.12. COMUNICACIÓN CON LOS ORGANISMOS DE CERTIFICACIÓN

Cuando la empresa tenga conocimiento de que se ha emprendido un procedimiento legal con respecto a la seguridad o la legalidad de un producto, o en el caso de que se produzca la retirada de un producto, deberá informar inmediatamente de ello al organismo de certificación. Este, a su vez, adoptará las medidas apropiadas para valorar la situación y determinar de qué modo afecta a la certificación, procediendo a actuar en consecuencia.

Índice   Anterior Arriba Siguiente   Cerrar ventana